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Ayuntamiento en Pleno

  El Pleno, integrado por todos los concejales y está presidido por el Alcalde. Le corresponden las siguientes atribuciones: -          El control y la fiscalización de los órganos de gobierno. -          Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de las Entidades a que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas Entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo. -          La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística. -          La aprobación del Reglamento orgánico y de las ordenanzas. -          La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y mod