El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta, en todo caso, las siguientes atribuciones: - Dirigir el gobierno y la administración municipal. - Representar al Ayuntamiento. - Convocar y presidir las sesiones del Pleno, salvo los supuestos previstos en la Ley y en la legislación electoral general, de la Junta de Gobierno y de cualesquiera otros órganos municipales, y decidir los empates con voto de calidad. - Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. - Dictar bandos. - El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contemplad...
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.