Presentar una fotografía como prueba judicial no vulnera los derechos de autor. Esto es lo que ha declarado el TJUE, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 28 de octubre de 2020 (asunto C‑637/19) ,según lo cual la presentación como prueba de una fotografía en un procedimiento judicial no es una disposición ilícita de una obra y, por lo tanto, no puede ser considerado este hecho violación de los derechos de autor sobre el titular de la misma. En un procedimiento judicial tramitado en los tribunales civiles suecos, presentó el demandado como prueba, copia de una foto extraída de la página web del demandante. El demandante, no conforme con ello, titular de los derechos de autor de la fotografía, pidió que se condenara al demandado por la violación de sus derechos de autor a indemnizarle. El tribunal en primera instancia declaró que la foto estaba protegida por la normativa nacional de Derechos de Autor sobre Obras Literarias y Artísticas. Interpretó que la foto ha...
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.