El órgano que dicte las resoluciones y los actos administrativos deberá notificarlos a los interesados afectados en sus derechos e intereses . Las notificaciones deberán ser cursadas en el plazo de diez días a partir de la fecha en que haya sido dictado el acto administrativo; y deberán contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan (en vía administrativa y judicial) el órgano ante el que han de presentarse y el plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente. Las notificaciones que aun conteniendo el texto íntegro del acto omitiesen alguno de los expresados requisitos surtirán efecto a partir de la fecha en que el interesado efectúe actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o...
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.