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Mostrando las entradas etiquetadas como Senado

Manuel Romero Tallafigo ingresa en la Academia Andaluza de la Historia

  Manuel Romero Tallafigo tomó posesión como académico de número de la Academia Andaluza de la Historia el 2 de octubre de 2026 , en el acto de apertura del curso académico 2026/2027 celebrado en el Ateneo de Sevilla. El discurso protocolario llevó por título: «Juan Sebastián Elcano, en el V Centenario de su muerte» . Romero Tallafigo es  catedrático emérito  de Paleografía y Diplomática de la Universidad de Sevilla .  Presentar hoy a quien ha sido maestro es, para mí, mucho más que cumplir con una tarea académica. Es, ante todo, una oportunidad para expresar públicamente mi reconocimiento y mi gratitud hacia una persona que ha dejado una huella profunda en mi formación. Puede decirse que mi formación archivística y paleográfica tiene dos pilares y dos grandes maestros: Manolo Romero, discípulo como yo de D. Luis Núñez Contreras y D. Pedro Rubio Merino, canónigo archivero, que ya no está entre nosotros pero que debería formar parte igualmente de esta excelsa Ac...

Funcionamiento de las Cámaras del Congreso y Senado

  El funcionamiento de las Cámaras está previsto en  la Constitución en su artículo 72 y se rige por el Reglamento interno de cada una de ellas. “ Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación final sobre su totalidad, que requerirá la mayoría absoluta ” . ·         Reglamento del Congreso de los Diputados, aprobado el 10 de febrero de 1982 ·         Reglamento del Senado, aprobado el   3 de mayo de 1994 . Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones:  .  el primero, de septiembre a diciembre, y  .  el segundo, de febrero a junio. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias: .  a petición del Gobierno,  .  de la Dipu...

Estatuto de los miembros de las cámaras Congreso y Senado

    Los diputados y senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito.  No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la cámara correspondiente. En las causas contra diputados y senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Los diputados y senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras (algo que debería revisarse a la baja por supuesto cobrando cada cual por su titulación, evitando así sueldos desorbitados y pensiones indecentes, mientras otros ciudadanos, que también han servido a España, muchos, más que ellos, no tienen ni paro. Observense fotografías). Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma c...