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Mostrando las entradas etiquetadas como Andalucía

Fundamentación del sistema archivístico andaluz

  El Sistema Archivístico de Andalucía se fundamenta en  el principio de responsabilidad compartida existente entre las administraciones,  la necesaria interconexión de los archivos con las unidades administrativas productoras de los documentos.  En la Ley 7/11 se establecen las disposiciones comunes para todos los archivos que integran el Sistema, tales como  las obligaciones,  las medidas de fomento  y la conceptualización del archivo de oficina como el núcleo en el que se origina  el ciclo vital de los documentos  y la cadena de custodia. La Ley delimita competencias y funciones, establece y reorganiza en el Sistema Andaluz de Archivos sus órganos colegiados.  La Comisión Andaluza de Valoración de Documentos queda constituida como órgano ejecutivo,  la Comisión del Sistema Archivístico de Andalucía como órgano colegiado de carácter consultivo y participativo. Entre sus principales funciones  actuar como órgano de información consulta  y asesoramiento en todas las materias que tie

Por qué nace la Ley 7/11, 3 de Noviembre, de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía

LA LEY 7/11, DE 3 DE NOVIEMBRE, DE DOCUMENTOS, ARCHIVOS Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DE ANDALUCÍA, c omo señala en su exposición de motivos, a lo largo de los 25 años transcurridos desde la promulgación de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de archivos, Andalucía experimentó fuertes cambios, que hicieron necesaria la redacción de un nuevo texto normativo.  Entre los cambios cabría destacar: La Comunidad Autónoma de Andalucía, se ha dotado de amplio y renovado marco normativo, comenzando por la propia reforma de su Estatuto de Autonomía, incrementando su nivel de autogobierno. La administración autonómica sufre una fuerte evolución, se incrementan sus funciones, sus organismos y crece su infraestructura. Dentro de un contexto legal hay disposiciones nuevas que, sin ser archivísticas específicamente, sí que tienen una extraordinaria influencia en este ámbito. La revolución en el ámbito de las TIC. La implantación progresiva de una política activa en materia de patrimonio cultural.

Sobre la LEY 3/1984, DE 9 DE ENERO, DE ARCHIVOS

Sobre la LEY 3/1984, DE 9 DE ENERO, DE ARCHIVOS, p odemos decir que fue una ley pionera e innovadora en varios sentidos: Es la primera ley autonómica sobre la materia, introdujo conceptos novedosos, muchos asumidos por las distintas leyes autonómicas que la siguieron. A esta le seguirán una serie de leyes autonómicas en gran medida inspiradas en esta, siendo las más inmediatas fueron:  La Ley de Cataluña 6/85, de 26 de abril de Archivos y la Ley de Aragón 6/86, de 28 de noviembre. La ley 3/1984 fue la primera disposición legislativa sobre la materia emitida dentro del Estado de las Autonomías, se adelanta incluso a la Ley de Patrimonio Histórico Español que vería la luz al año siguiente. Fue la primera ley sobre archivos de nuestro ordenamiento. La Ley 3/84 fue reformada en tres ocasiones: Ley 1/1991 del PHA . Ésta remite expresamente a la Ley 3/84, sí bien declara la aplicación supletoria de los preceptos establecidos por la Ley para los bienes muebles; y modifica al