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Mancomunidades

   La imagen muestra la Mancomunidad del Aljarafe Las Mancomunidades son agrupaciones de Municipios para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia.  Se diferencian de las Comarcas y de las Áreas Metropolitanas en que: a)       Las Comarcas tienen como finalidad la gestión de intereses comunes, no la ejecución en común de obras y servicios. b)       Las Áreas Metropolitanas son agrupaciones de los Municipios que rodean a grandes aglomeraciones urbanas; las mancomunidades, no. Las Mancomunidades tienen personalidad y capacidad jurídicas para el cumplimiento de sus fines específicos y se rigen por sus Estatutos propios. Los Estatutos han de regular el ámbito territorial de la entidad, su objeto y competencia, órganos de Gobierno y recursos, plazo de duración y cuantos otros extremos sean necesarios para su funcionamiento. Los órganos de gobierno serán representativos de los Ayuntamientos mancomunados. El procedimiento de