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El Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo, es el alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución. Podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales (como sus decisiones no son vinculantes, no tiene fuerza para cambiar nada, sólo para sugerir, lo mismo es que sea autonómico como nacional, la cosa es que ni p... caso que le hacen).  El origen de esta Institución se encuentra en el “Ombudsman” de los países nórdicos; y su regulación jurídica se contiene en el artículo 54 de la Constitución y en la Ley Orgánica 3/ 1981, de 6 de abril. El Defensor del Pueblo será elegido por las Cortes Generales para un periodo de cinco años, y se dirigirá a las mismas a través de los Presidentes del Congreso y del Senado, respectivamente. El procedimiento de propuesta y elección es según dicta la Constitución: a)   La Comisión Mixta Congreso-Senado para Relaciones con el