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Monumento, jardín, conjunto, sitio y zona

  Una de las cosas que se debe saber según el temario de las oposiciones de la Junta de Andalucía un archivero es la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español, que está publicada en BOE y a la que se puede recurrir en cualquier momento, entre sus presupuestos, para nuestra ilustración, tenemos el: Art. 15.  1. Son Monumentos aquellos bienes inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o social.   2. Jardín Histórico es el espacio delimitado, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementando con estructuras de fábrica, y estimado de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.   3. Conjunto Histórico es la agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolu