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La sucesión a la Corona española y tutela del rey menor de edad

  La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón y Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica, según se expresa en la Carta Magna de 1978. Las reglas de Sucesión a la Corona se establecen en el artículo 57 de la Constitución y son: 1º- La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación. 2º- Es preferida siempre la línea anterior a las posteriores. 3º- En la misma línea, es preferible el grado más próximo al más remoto 4º- En el mismo grado, es preferible el varón a la mujer 5º- En el mismo sexo, es preferible la persona de más edad a la de menos. Se añaden además las siguientes previsiones constitucionales: ·      Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes. ·       Extinguidas todas las lín