El procedimiento administrativo está sometido al principio de celeridad, razón por la que se impulsará de oficio en sus trámites y por medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. En el despacho, en la tramitación, de los expedientes deberá guardarse el orden riguroso de incoación en asuntos de la misma naturaleza, excepto que el titular de la unidad administrativa ordene motivadamente lo contrario, de lo cual deberá quedar constancia. El incumplimiento de lo mencionado dará lugar a responsabilidad disciplinaria del infractor, siendo causa de remoción de su puesto de trabajo. Las personas que estén designadas como órgano instructor o los titulares de las unidades administrativas que ostenten esa función, serán responsables directos en el procedimiento, de su tramitación y especialmente del cumplimiento de los plazos establecidos (Artículo 71. Impulso. Ley 39 / 2015 de procedimiento Administrativo) . Conforme al principio de simplificación
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.