Según el artículo 98.2 de la Constitución, corresponde al Presidente del Gobierno - Dirigir la acción del Gobierno - Coordinar las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión. Además de esas funciones genéricas corresponde al Presidente del Gobierno el ejercicio de las siguientes funciones específicas: Representar al Gobierno Establecer el programa político del Gobierno Determinar las directrices de la política interior y exterior y velar por su cumplimiento Proponer al Rey, previa deliberación del Consejo de Ministros, la disolución del Congreso de los Diputados, del Senado o de ambas Cámaras Plantear ante el Congreso de los Diputados, previa deliberación del Consejo de Ministros, la cuestión de confianza Proponer al Rey la convocatoria de referéndum consultivo, previa autorización del Congreso de los Diputad
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.