Andalucía fue la primera comunidad autónoma en regular su patrimonio documental y archivos; y fue la primera en tener una ley específica en esta materia. El Estatuto de Autonomía de 1981, le confería, competencias exclusivas en materia de patrimonio histórico en sus artículos 13.27 y 13.28, al margen de lo dispuesto en el punto 28 del artículo 149.1 de la Constitución; igualmente sobre los archivos y colecciones documentales de similar naturaleza que no fueran de titularidad estatal. El artículo 17.4 del Estatuto le daba competencias sobre ejecución de la legislación del Estado sobre archivos y documentos de esa titularidad; y sobre esta base se transfirieron las citadas competencias en archivos por Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero. La Ley de Archivos, Ley 3/1984 de 9 de enero, fue la primera disposición legislativa sobre archivos aprobada en el Estado de las Autonomías. Se adelantó incluso a la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español que nace al año siguiente. S