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El Archivo General de Andalucía

E n ejecución del art. 13.1 de la Ley 3/84 y por el Decreto 323/1987, de 23 de diciembre , se crea del Archivo General de Andalucía , cuya publicación aparece en BOJA nº 9 de 5 de febrero de 1988.  Nace con las siguientes características: Es un s ervicio administrativo sin personalidad jurídica, que está adscrito a la Dirección General de Bienes Culturales, actualmente del DG de Industrias Creativas y del Libro. Orgánica y funcionalmente depende de la Dirección Gral. del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental, de la Consejería de Cultura. Tiene s u sede en la ciudad de Sevilla. Su finalidad y funciones son:  recibir,  custodiar,  organizar y  servir la documentación generada en el desenvolvimiento normal de la Administración y de sus organismos dependientes, con excepción de los de los servicios periféricos. Según el Art. 1 su función es  recoger,  seleccionar,  conservar y  organizar la documentación sin vigencia administrativa producida y recibida por  la Administ