El estado autonómico se caracteriza en el Derecho español por una serie de principios. En el artículo 2 de la Constitución se establecen los principios de unidad, autonomía y solidaridad. Otros han sido formulados por la doctrina en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Destacamos los siguientes: Principio de constitucionalidad. La Constitución, en su artículo 9.1, establece que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al ordenamiento jurídico”. Las autonomías, por tanto, también están sujetas a la Constitución. Es obligado respetar el principio de jerarquía normativa debido a la Constitución, las relaciones entre Estado y las Comunidades Autónomas también deben someterse a la ordenación de la Constitución, quedando derogadas todas las disposiciones que se opongan a ella. De este modo, cuando una comunidad autónoma incumpla las obligaciones que la Constitución y otras normas les impongan, el Gobierno podrá acordar las medid
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.