Son competencias propias de la Diputación las que les atribuyan las Leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción publica y: - La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada de los mismos. - La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. - La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal. - El fomento y la administración de los intereses peculiares de la Provincia. A los efectos de las dos primeras funciones, la Diputación: - Aprueba anualmente un Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, en cuya elaboración deben participar los Municipios de la Provincia. - Asegura el acceso de la población de la Provincia al conjunto de los serv
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.