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Entradas

Eliminación, borrado y destrucción de documentación electrónica

Una vez transcurridos los plazos legales y en razón de su condición de patrimonio documental andaluz, la documentación de titularidad pública, exclusivamente puede realizarse con autorización de la Comisión Andaluza de Valoración Documental, siguiendo los procedimientos que están establecidos en la normativa reguladora del funcionamiento de dicha comisión. Conlleva el borrado de documentos y expedientes la autorización que emita la Comisión. Se entenderá como "borrado" la remoción de datos o documentos sensibles en un dispositivo de almacenamiento, para que los mismos no puedan ser reconstruidos usando ninguna técnica al efecto. Junto a la autorización de la CAVD la eliminación de documentos ha de tener presente lo previsto en la medida de "Borrado y destrucción" del Esquema Nacional de Seguridad. No se podrán eliminar documentos que se encuentren en alguna circunstancia como que: - Estén calificados como "conservación permanente" conforme a los di

Transferencia de custodia en documentos electrónicos

La transferencia de custodia, según el Acuerdo 1-08-2017, es el procedimiento habitual de ingreso documental en un archivo tras cumplir el plazo fijado por las normas establecidas en la valoración para cada etapa del ciclo vital. La transferencia de custodia tiene por objeto facilitar el paso de la documentación a través de los distintos archivos del sistema andaluz de archivos, de manera que puedanrecibir el adecuado tratamiento acada etapa del ciclo vital. Implica el traspaso de responsabilidades en cuanto a la custodia. Las transferencias de documentación electrónica entre archivos y sus respectivos repositorios o archivos electrónicos se hará teniendo en cuenta los criterios y las normas definidas en - el Acuerdo 1-08-2017 - en la legislación vigente en materia de documentos, archivos y patrimonio documental - en la normativa emanada de la Comisión Andaluza de Valoración de Documentos. Los plazos vendrán determinados por la norma reguladora del procedimiento o por la reso

Conservación de documentos electrónicos

  La Ley 7/2011 venía a disponer que los documentos de titularidad de laAdministración Pública, por ser parte delpatrimonio documental andaluz son: - inalienables - imprescriptibles - inembargables. La conservación de documentos electrónicos administrativos, ya sean unidad simple documental o compuesta, deberá atender a los plazoslegales y a su inherente condición de patrimonio documental, pudiendo suspenderse esta obligación cuando hayan transcurrido los plazos legales, exclusivamente con autorización, en caso de los documentos que tengan tabla de valoración o dictamen otorgado por la Comisión Andaluza de Valoración de documentos. En cuanto a conservación documental hay que estar a lo dispuesto en el art. 70.4 de la Ley 39/2015 en relación a la formación de los mismos. Se utilizarán metadatos específicos, de conservación permanente, normalizados, que aseguren el uso de los recursos digitales y su contexto a corto plazo, evitándose los problemas que se derivan de la obsole

Política de Gestión de Documentos Electrónicos de la Junta de Andalucía

El Consejo de Gobierno, por acuerdo de 1 de agosto de 2017, aprueba la Politica de Gestión de Documentos Electrónicos de la Junta de Andalucía. Este documento recoge los criterios y directrices para garantizar - la interoperabilidad, - la recuperación y - conservación de los documentos y expedientes electrónicos en el ámbito de la Junta de Andalucía - y de sus entidades instrumentales dependientes. El Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), disponía que las Administraciones Públicas deben adoptar las medidas  - organizativas y -  técnicas necesarias  para garantizar la interoperabilidad en relación con la recuperación y conservación de los documentos electrónicos a lo largo de su ciclo vital. Estas medidas suponen la definición de una política de gestión de documentos para - el tratamiento,  - la formación y  - gestión de los documentos y expedientes en las distintas administr

Comisión Andaluza calificadora de documentos administrativos y los procesos de identificación, valoración y selección documentales

La ORDEN de 7 de julio de 2000, regula el funcionamiento de la Comisión Andaluza calificadora de documentos administrativos y los procesos de identificación, valoración y selección documentales. Es el Decreto 97/2000, de 6 de marzo, el que aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, y regula en el Capítulo II del  Título I la estructura del Sistema Andaluz de Archivos. En su artículo 9 contempla como órgano central del Sistema a la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos, a la que corresponde: - la calificación, - utilización e - integración en los archivos de los documentos que componen el Patrimonio Documental Andaluz de acuerdo con el citado Reglamento y normas que lo desarrollen. La composición y funciones del órgano colegiado se regulan en el Reglamento en sus artículos 10 y 11, apartado 3, establece que mediante Orden de la Consejería de Cultura s

Proyecto @rchivA Andalucía

Se regula la implantación y uso del Sistema de Información para la Gestión de los Archivos de titularidad y/o gestión de la Junta de Andalucía, la Orden de 20 de febrero de 2007, conjunta de las Consejerías de Justicia y Administración Pública y de Cultura ). El proyecto @rchivA Andalucía En el artículo 45 apartado 1 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se establece que las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias . La Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos , en su disposición final 1.ª, facultó al Consejo de Gobierno para dictar el Reglamento General de Archivos Andaluces , así como las demás disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de la Ley . Ello propició la publicación del

Funcionamiento de los archivos centrales de las Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas de la Junta de Andalucía y su coordinación con el Archivo General de Andalucía

El funcionamiento de los archivos centrales de las Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas de la Junta de Andalucía y su coordinación con el Archivo General de Andalucía se establece en el DECRETO 233/1989, de 7 de noviembre de 1989. Con el mismo la Consejería de Cultura pretende asegurar la tutela del patrimonio documental andaluz, que también comprende las fuentes documentales de los órganos legislativos y administrativos de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma Andaluza. Los archivos son memoria permanente y segura de la historia. Su creación y su conservación es muestra de desarrollo y promoción cultural. Los documentos se conservan como prueba de - los hechos y - derechos, - como fuentes de la información necesarias para la gestión de los asuntos colectivos e individuales, - sin olvidar que tal contenido se convierte, con el paso de los años, en materia de interés cultural. El Decreto 323/1987, de creación del Archivo Gene