Cuando surge la necesidad de contratar a un perito calígrafo, una
labor previa de consultoría es aconsejable. El perito debe dejar claro
que su dictamen y honorarios serán independientes del interés de la
parte que lo contrata.
Advirtiendo de la posibilidad de no presentar el peritaje ante la
justicia como prueba si es que el resultado de este puede perjudicar al
cliente. Un perito se contrata para estudiar un caso, su dictamen servirá de prueba y tu declaración tendrá calidad de testigo también.
Existe la posibilidad de que abogados y particulares a veces litiguen
creyendo justo y favorable un informe pericial de un perito designado
por el Juez, como la parte perdedora ha de satisfacer las costas del
juicio, mucho más acertado parece que quien solicita el peritaje se
asegure de si su presentación va a serle favorable o no.
Si bien un informe a título privado no resulta para el juez
vinculante, si lo pone en antecedente de sus conclusiones, aportando una
científica fundamentación a los argumentos que hayan sido expuestos por
el letrado.
En calidad de forense el perito debe proceder con mucho cuidado y franqueza, sirviendo a la verdad,
no a ninguna otra causa, en ello va su honor y su prestigio
profesional. A un perito no se le compra, bien claro ha de quedar que el
dictamen es independiente de los honorarios y de la parte que lo
contrate, sirviendo únicamente a la verdad y a la Justicia, Justicia con
mayúsculas, que es la realmente justa.
A veces puede suceder que lo que crea el cliente, por más seguro que
de ello esté, no haga honor a la verdad. Es posible que en escrituras de
propiedad distintas manos estampen su rúbrica, entre las que pueden
darse similitudes, la letra se aprende, al igual que la rúbrica, y
algunas características también parecen heredarse genéticamente. No es
raro ver que la letra de un hijo se parece extraordinariamente a la de
su padre; o que a personas que aprendieron en el mismo sitio, escuela,
escolanía, cátedra… Se les parezca tanto su grafía que incluso pueda
pensarse que se trate de la misma persona, cuando en un mismo manuscrito
puede haber hasta veinte manos distintas, con una caligrafía tan
similar que sólo rasgos de su carácter o presencia de ánimo,
descubiertos a través de su grafía, pueden identificar autoría diversas.
Lo que a simple vista parece una cosa, tras el estudio puede
realmente ser otra, por lo cual, si se pretende la intervención de un
perito de parte, para que su dictamen sirva como prueba y su declaración
como testificación, habrá que asegurarse que la prueba no obrará en
contra del que la solicita. El perito hará su trabajo y la parte tiene la posibilidad de presentar el peritaje o no, dependiendo de los resultados.
Siempre es preferible la “decepción” de la parte, desde el punto de
vista de la parte, que elevar al juez un informe que se vuelva en contra
suya. Pero en todo, desde el punto de vista del perito calígrafo, la
objetividad y la asepsia es lo mejor. Realmente cuanto menos se sepa del
tema y de los litigantes tanto mejor, será mucho más fácil mantener la
objetividad y la tranquilidad. Después la aplicación de la grafocrítica
dará sola sus frutos.
Perito Judicial PRL. Auditor PRL. Máster Oficial Prevención de Riesgos Laborales. Doctora en Hª Medieval, Ciencias y Técnicas Historiográficas. Master en Dirección de CCMM. Especialista Universitario AAMM. Archivera. Lda. en Geografía e Historia. CAP y FO.