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El Archivo de la Vicaría General de Estepa.

 



 

El fondo documental de la Vicaría de Estepa es un archivo por sí, incorporado al Archivo General del Arzobispado de Sevilla formando parte de su sección V.

Las fechas extremas oscilan entre 1519 y 1874, el volumen del fondo asciende a unos 520 legajos aproximadamente, y la razón por la que sus fondos se custodian en Palacio se deducirá de la exposición que sigue.

En 1873 Pio IX, mediante la Bula "Quo Gravius", suprime la jurisdicción eclesiástica especial de los territorios pertenecientes a las cuatro órdenes militares de Santiago, Alcántara, Calatrava y Montesa; y se agregarán a las diócesis inmediatas.

Los papas siempre favorecieron con numerosos privilegio a las Ordenes Militares, ya que éstas significaban la defensa de la fe cristiana y la liberación de España del yugo de los infieles.

Por su parte, los reyes las enriquecieron con vastos territorios a los que, a petición de los monarcas, Roma exime de la jurisdicción de los obispos. La jurisdicción eclesiástica, en estos territorios, la van a ejercer priostes o vicarios revestidos de dignidad episcopal, siempre sometidos en lo civil a los grandes maestres, mientras que en materia religiosa dependen directamente de Roma.

El poder de los grandes maestres chocará, no pocas veces, *con los intereses reales; el siglo XV prepara el camino para la incorporación de los maestrazgos a la Corona.

En virtud de la Bula "Dum intra Nostrae mentis arcana", los reyes de España podrán actuar mediante un tribunal especial, el "Consejo de las Ordenes", formado por caballeros de cada una de las Ordenes, y que poseía doble carácter, eclesiástico y civil.

Las Ordenes Militares entrarán en fricción, tambien con frecuencia, *con los obispos diocesanos a causa de su jurisdicción eclesiástica exenta. De forma dispersa, las circunscripciones de las Ordenes Militares en España, cuyos prelados gozan de jurisdicción ordinaria o vicaria, es decir, delegada, se extenderán por todo el territorio peninsular.

El art. 9 del Concordato de 5 de Septiembre de 1851,supone la voluntad de arreglar los problemas de poder y competencias que se derivaban y que se agravaban con la dispersión, por medio de una nueva geografía jurisdiccional eclesiástica en la que los territorios de las Ordenes Militares ahora se suman a las diócesis inmediatas a ellos. Esto es lo que sucede con la Vicaría General de Estepa y su patrimonio documental.

El arzobispo podrá ahora ejercer sus facultades ordinarias y extraordinarias en Estepa. Las palabras de Pío IX nos dan la clave:

"Y para que con ocasión de esta agregación no se pierda o perezca monumento alguno necesario o conveniente para el régimen eclesiástico, queremos y mandamos que todos los instrumentos existentes en los territorios incorporados, ya sean libros, ya testamentos sobre causas pías, ya en fin cualesquiera escritos referentes a personas, cosas, derechos e intereses eclesiásticos cuidadosamente buscados y reunidos sean trasladados con el fin de conservarlos para perpetua memoria, y utilidad de los venideros, a la cancelaria de los prelados a quienes los mismos territorios quedan sujetos".

En la Villa de Estepa, en 7 de Mayo de 1874, se firma un acta, documento así mísmo llamado "Inventario de los papeles y demás documentos correspondientes al gobierno eclesiástico de la Vicaría General de Estepa y su Estado". El acta de entrega relacionaba 66 unidades de instalación entre legajos y libros, y en ella queda reflejada claramente la transferencia.


















Ni que decir tiene que las dimensiones de estos legajos no tienen punto de comparación con las dimensiones de los actuales; mientras que los antíguos legajos parecían hechos para guardarse definitivamente, y tranquilamente podían medir 1 ml.; los actuales están pensados para archivarse y ser útiles a la investigación al mismo tiempo, como media sus dimensiones oscilan entre los 15 cm. La diferencia fácilmente se verá al saber que los originarios 66 legajos, hoy llenan toda una sala del depósito del Archivo Arzobispal.

Sala que antes era un trastero, y a principios de 1993 se logró habilitar como depósito, y en ella conseguí reunir todos los fondos dispersos por el Archivo

La parte controlada hasta ahora ha pasado por tres momentos. El primero lo constituye la obra realizada por un sacerdote que marchó con destino a Argentina, de él quedó el rigor de su trabajo, aunque no describe nunca en fichas, sino en las cartelas de los legajos. Reunió gran parte de la serie llamada, hasta ahora, Matrimonial y algunos legajos de expedientes de ordenación.

La segunda fase es obra de D. Pedro Rubio, canónigo archivero y director del Archivo Arzobispal y Capitular, que desde los años 70 emprendió una labor de reordenación e instalación de los fondos del Archivo, tarea en la que contó con la colaboración de un equipo de equipo, "las niñas del Servicio Social", y se elaboró el fichero de la Vicaría de Estepa que hoy se utiliza en el Archivo, aunque no abarca la totalidad del fondo.

La tercera etapa, localización y clasificación del fondo disperso por los pasillos del depósito del Archivo; la labor de reubicación y concentración en la sala 5, ya es labor mía. A partir de este momento procedí a la organización del fondo de la Vicaría General de Estepa incorporando al antíguo fichero fichas nuevas que se corresponden con los legajos formados con la documentación por inventariar.

El año pasado adquirí el compromiso con los organizadores de estas Jornadas de hacer un estudio de la documentación de la Vicaría General de Estepa, y las hermandades estepeñas colaboraron en el proyecto. De este compromiso nacerá una obra que incluirá inventario del fondo y estudio documental e histórico de la Vicaría General de Estepa.

El fichero-inventario que se utiliza sigue orden cronológico, y a simple vista se divide hoy en cuatro secciones: *Justicia, *Capellanías, *Ordenes y *Matrimonios. Antes, era un cúmulo de viejas fichas desordenadas, que con el tiempo y el uso había perdido la lógica que en principio sin duda tuvo. En 1993 le dí el orden y la estructura más lógica que pude. Parecía un sueño poder contar con un inventario real del fondo, es decir, con correspondencia efectiva entre ficha y unidad de instalación, que salvo en el caso de las ordenaciones y los expedientes matrimoniales no existe en absoluto; y donde dice Capellanías, Justicia y Ordinarios, nos encontramos un indiferente general en el que podemos encontrarnos de todo.

El inventario podría seguir las líneas generales del Cuadro de Clasificación que elaboré siendo archivera en el Archivo General del Arzobispado por la Fundación Capitular-Colombina, y que he podido completar después; pues el funcionamiento de la Vicaría General de Estepa es similar y paralelo al de la gran archidiócesis hispalense, salvando las diferencias que atienden a la peculiaridad de ser un territorio exento inmediatamente sujeto a Roma, y tener su vicario reasumidas en sí una serie de funciones no delegables e inherentes a su cargo, siendo a la vez vicario general, juez eclesiástico y ordinario de la villa de Estepa, su estado y anejos. Lo que significa estar sujeto de forma inmediata y directa a la autoridad del Papa, y exento de la autoridad de cualquier obispo al frente de diócesis próximas.

Trazando líneas generales tendríamos como sección I:
INSTRUMENTOS DE DESCRIPCION, en ella existen índices de matrimonios tanto en documentación enlegajada, como en libros.

Como sección II: VICARIA, sus series podrían ser:
Matrimonios Ordinarios, Matrimonios Apostólicos, Anotaciones y Enmiendas de Partidas, Expedientes de legitimación, Abecedarios Arbológicos.

Como sección III: GOBIERNO, que abarca las funciones de lo que en la Archidiócesis Hispalense sería la Secretaría de Cámara y Gobierno, con sus Expedientes de Ordenes, Registros de Eclesiásticos, Licencias y Dimisorias, Capellanías y Patronatos, Religiosas, Reales Ordenes, Dotación de Curatos, Culto y Clero, Visitas.

La IV sección sería JUSTICIA, amplísima, ya que refleja las funciones del vicario como provisor y juez eclesiástico, entre sus series: Pleitos Ordinarios y por preheminencias, Fábrica (que contiene gran cantidad de inventarios de alhajas y ornamentos), pleitos por Capellanías, Colegios, Conventos, Hospitales, Colecturía, Hermandades, Derechos Obvencionales, Exclaustraciones, Beneficios, Testamentos y Escrituras, Pleitos Criminales, Autos Ejecutivos, Apelaciones, Matrimonios Secretos, Palabra de Casamiento, Divorcios, Inmunidad Eclesiástica, Diezmos, Pleitos Matrimoniales.

En fin, una documentación riquísima frente a la cual, y para esta ocasión, convendrá que concretemos centrándonos en un tema que destaca tanto por su belleza como por la riqueza de datos que de su estudio se desprende -Las Visitas-; más aún, cuando la Vicaría ofrece una nueva perspectiva: Visitas en territorio exento.


 María del Carmen Calderón Berrocal. Ponencia Marco II Jornadas Historia de Estepa, Excmo. Ayuntamiento de Estepa, Marzo 1996. Presentación del trabajo “La Visita Pastoral en el territorio vere nullius de la Vicaría de Estepa”. Actas II Jornadas de Historia de Estepa, y realización del Inventario de la Vicaría General de Estepa.

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