Cada Administración debe disponer de un Registro Electrónico General, en el que se hará constar el correspondiente asiento de los documentos que sea presentados o que se reciban en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a éstos. También se podrán anotar en este registro la salida de los documentos oficiales que vayan dirigidos a otros órganos o particulares. Los Organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración podrán disponer igualmente de su propio registro electrónico que será plenamente interoperable y estará interconectado con el Registro Electrónico General de la Administración de la que dependa. El Registro Electrónico General funcionará como un portal que facilite el acceso a los registros electrónicos de los distintos Organismos. Tanto el Registro Electrónico General de cada Administración como los registros electrónicos de cada Organismo cumplirán con las garantías y medidas de seguridad que se preven en
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.