Imagen diseñada a través de IA La necrópolis de Saqqara, ubicada cerca de El Cairo y conocida por su riqueza arqueológica, continúa siendo un punto clave para los descubrimientos del antiguo Egipto. Singularidad Entre sus hallazgos más singulares se encuentran tres momias datadas entre finales del siglo III y comienzos del IV d.C., en pleno periodo romano tardío, recientemente analizadas por primera vez. A diferencia de los enterramientos tradicionales en ataúdes, estas momias fueron dispuestas sobre tablones de madera, cubiertas con telas ornamentadas y envueltas en estuco decorado con pan de oro y retratos de cuerpo entero. Se trata de los únicos ejemplares de este tipo encontrados en Saqqara. Descubrimiento y traslados Dos de estas momias fueron descubiertas en 1615 por locales que exploraban una tumba excavada en roca. Poco después, el explorador italiano Pietro Della Valle las adquirió y las trasladó a Roma, donde pasaron a formar parte de su co...
El título VI de la Ley de Patrimonio Histórico Español trata sobre el patrimonio etnográfico.
Forman parte del Patrimonio Histórico Español los bienes muebles e inmuebles y los conocimientos y actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo español en sus aspectos materiales, sociales o espirituales. Art. 46.
Son bienes inmuebles de carácter etnográfico, y se regirán por lo dispuesto en los Títulos II y IV de la Ley PHE, las edificaciones e instalaciones cuyo modelo constitutivo sea expresión de conocimientos adquiridos, arraigados y trasmitidos consuetudinariamente y cuya factura se acomode, en su conjunto parcialmente, a una clase, tipo o forma arquitectónicos utilizados tradicionalmente por las comunidades o grupos humanos.
Son bienes muebles de carácter etnográfico, y se regirán por lo dispuesto en los Títulos III y IV de la Ley PHE, todos los objetos que constituyen la manifestación o el producto de actividades laborales, estéticas y lúdicas propias de cualquier grupo humano arraigadas y transmitidas consuetudinariamente.
Se considera que tienen valor etnográfico y gozarán de protección administrativa los conocimientos o actividades que procedan de modelos o técnicas tradicionales utilizados por una determinada comunidad. Cuando se trate de conocimientos o actividades que se hallen en previsible peligro de desaparecer, la Administración competente adoptará las medidas oportunas conducentes al estudio y documentación científicos de estos bienes. Art. 47.