El Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos lo regula la Ley 11/2007, 22 de Junio, que reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas electrónicamente, regulando los aspectos básicos dl uso de las tecnologías de la información en cuanto a la actividad administrativa se refiere
- en las relaciones entre las Administraciones Públicas
- así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas
con la finalidad de garantizar
- sus derechos,
- un tratamiento común ante ellas
- y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.
Las Administraciones Públicas se basarán en esta ley en la utilización de las tecnologías de la información conforme a lo dispuesto, asegurando
- la disponibilidad,
- el acceso,
- la integridad,
- la autenticidad,
- la confidencialidad
- y la conservación de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias.
Regirá en cuanto a ámbito de aplicación
- A las Administraciones Públicas
- A los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
- A las relaciones entre las distintas Administraciones Públicas.
La finalidad que se persigue es:
- Facilitar el ejercicio de derechos y deberes por medios electrónicos.
- Facilitar el acceso electrónico de los ciudadanos a
- la información
- y al procedimiento administrativo,
- con especial atención a la eliminación de las barreras que limiten dicho acceso.
- Crear confianza en el uso de medios electrónicos,
- estableciendo las medidas para la preservar la integridad de los derechos fundamentales,
- y en especial los relacionados con la intimidad y la protección de datos de carácter personal, por medio de la garantía de la seguridad de
- los sistemas,
- los datos,
- las comunicaciones, y
- los servicios electrónicos.
- Promover la proximidad con el ciudadano
- Promover la transparencia administrativa
- Mejora progresiva en la consecución del interés general.
- Mejorar el funcionamiento interno de las Administraciones Públicas,
- incrementando la eficacia
- y la eficiencia
- Simplificación de los procedimientos administrativos
- Proporcionar oportunidades de participación
- Mayor transparencia, con las debidas garantías legales.
- Contribuir a desarrollar la sociedad de la información en las Administraciones Públicas y en la sociedad en general.
El uso de las tecnologías de la información tiene las limitaciones que establece
- la Constitución y
- el resto del ordenamiento jurídico,
respetando el ejercicio pleno por los ciudadanos de los derechos reconocidos y ajustándose a los principios que establece.