El TÍTULO II de la Ley Orgánica 3/2007, 22 de marzo, para la igualdad efectiva..., trata sobre las Políticas públicas para la igualdad (artículos 14-35). Son criterios generales de actuación de los Poderes Públicos: El compromiso con la efectividad del derecho constitucional de igualdad entre mujeres y hombres. La integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades en el conjunto de las políticas económica, laboral, social, cultural y artística, con el fin de evitar la segregación laboral y eliminar las diferencias retributivas, así como potenciar el crecimiento del empresariado femenino en todos los ámbitos que abarque el conjunto de políticas y el valor del trabajo de las mujeres, incluido el doméstico. La colaboración y cooperación entre las distintas Administraciones públicas en la aplicación del principio de igualdad de trato y de oportunidades. ...
La cultura tiene tres pilares que la sustentan y alrededor de los que giran el estudio y la investigación: los archivos, fuentes de documentación; la Historia, recuerdo de la humanidad; y el patrimonio, que identifica a los pueblos en simbiosis con el paisaje.