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Archivos, almacenes de información, derechos y autoridad



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Los archivos son almacenes de derechos, autoridad e información para la administración de los negocios públicos y privados; tanto, que en muchas ocasiones de la Historia se han convertido en objetivo militar para destruir una nación. 

Los documentos de cualquier archivo, nacidos de la práctica de una gestión, proporcionan racionalidad, objetividad, economía y eficacia, herramienta fundamental para los burócratas y administradores; incluso los más antiguos, porque no deja de ser una realidad que el pasado de cualquier pueblo o de cualquier administración es como un prólogo de su futuro más o menos cercano o lejano. 

La información es poder y el alimento básico de esta información es la testimoniada en  un documento custodiado en un archivo. Los derechos y obligaciones de los administradores y administrados se sustentan muchas veces en la concreción inerte y material y por ello evidente, de un papel escrito con tinta.

Según el Diccionario de términos archivísticos la palabra archivo tiene tres acepciones:

.- Conjunto de documentos, sea cual sea su fecha, forma y soporte material producidos y recibidos por cualquier persona física o moral, o por cualquier organismo público o privado en el ejercicio de su actividad. Documentos conservados por su creador o sus sucesores por necesidades propias y transmitidos a la institución de archivos competente en razón de su valor archivístico.

.- Institución responsable del tratamiento, inventario, conservación y transmisión de los archivos, llamada también service d` archives (Francia) o Busines church y Literary archives (Inglaterra).

.- Edificio o parte de un edificio donde son conservados y transmitidos los archivos.

Elio Lodolini considera que el archivo es solo el conjunto de escritos que han perdido interés administrativo para las oficinas que los han producido, han adquirido madurez archivística, han sido seleccionados para la conservación permanente.

La Ley de Archivos francesa de 2-I-1979 define el archivo como conjunto de documentos,  sea cual sea su fecha, su forma y el soporte material, producidos por cualquier persona física o moral o por cualquier institución u organismo público o privado en el ejercicio de su actividad. El orden no está expresamente contemplado. Se hace mención al origen como necesidad administrativa o privada, pero no especifica el servicio.

La definición de la Ley de Archivos de Andalucía, en BOJA 10-I-1984, lo define como conjunto orgánico de los documentos conservados total o parcialmente con fines de gestión, defensa de derechos, información, investigación y cultura.

De manera gráfica y simple se ha dicho que archivo es la suma de tres elementos: 

documentos + organización + servicio

Antonia Heredia considera esta definición como la más completa: Archivo es uno o más conjuntos de documentos, sea cual sea su fecha, su forma y soporte material, acumulados en un proceso natural por una persona o institución pública o privada en el transcurso de su gestión, conservados respetando aquel orden para servir como testimonio e información para la persona o institución que los produce, para los ciudadanos o para servir de fuentes de historia.

Todas las grandes culturas desde Sumer hasta nuestros días han tenido instituciones gubernativas, económicas y religiosas que guardan celosamente los documentos de las leyes y la jurisdicción de la tierra, los documentos, los registros, de las evidencias de la pasada gestión administrativa, los documentos de las finanzas y contabilidad, los documentos que aseguran la exacción de rentas a personas y tierras que no están bajo el más inmediato dominio (catastros, registros de propiedad) y documentos para el control de las personas para el servicio militar, trabajos forzados, etc.; y, por fin, documentos (registros notariales) que salvaguardan las transacciones entre los ciudadanos.

Los archivos son silos y talleres para la ciencia en general y para la historia en particular, en expresión de Manuel Romero Tallafigo. Cada documento es testigo de la historia, aunque sus autores sean ajenos a tal pretensión. Los documentos y archivos administrativos serán la Historia del mañana. Los humanistas no solo deben prestar atención a los documentos antiguos en papel verjurado y afiligranado de los archivos históricos, sino también a los papeles de pasta de madera, a las cintas y disquetes de las oficinas de hoy, así como a la información online que se archiva en la nube, etc.

Cualquier administración (estados, regiones autonómicas, municipios, empresas y casa) necesita de la Historia para resaltar sus señas de identidad con la autoridad del pasado.

El archivo sería una colección de documentos reunidos por una entidad en el ejercicio de una actividad práctica o necesaria, conservados en un lugar seguro con memoria fiel, para servir de testimonio e información.

La palabra colección según el Diccionario de autoridades de la Real Academia de la Lengua Española es "el acto de recoger o juntar alguna cosa o la misma junta que se hace de las cosas de una especie para que estén unidas". Colección es, por tanto, un conjunto universal que hace alusión a los elementos que son documentos.

          Existen muchas clases de colecciones o de conjuntos universales que no encajan con el  concepto preciso de archivo. En la definición añadiremos que es la suma de documentos reunidos en el ejercicio de una actividad práctica o necesaria. Se reúnen en colección los documentos de archivo, no para fines científicos, sino administrativos o de gestión. Es decir que la reunión es impuesta por la ley, ordenanza o necesidad de la entidad que la produce. Esta necesidad hace que los documentos se reúnan de forma seriada, continua y organizadamente porque la función archivística está como las actuaciones que la originan, normalmente reglada. Por ejemplo, los papeles de la Casa de la Contratación de Sevilla, hoy en el Archivo General de Indias, son una colección objetiva, con series continuas y organizadas  nacidas al hilo del cumplimiento legal de las funciones de administrar con documentos el tráfico de personas y bienes en la Carrera de Indias.

El archivo al que se refiere la Archivística tiene poco que ver con otras colecciones voluntarias y artificiales, incluso de capricho, de documentos reunidos por su forma, formato, tema, o determinadas características extrínsecas o intrínsecas. Una colección realizada por afición, por ejemplo, de documentos autógrafos de reyes o una colección de documentos con sellos o marcas postales, no sería un archivo, por ser un universal voluntario y no necesario.

Otra característica propia y común a los elementos (documentos) coleccionados en un archivo sea la trabazón y vínculo natural de sus piezas a un expediente o a una serie o a una sección o a un organismo o a una entidad productora. Las piezas de esta colección tienen un orden natural que las vincula entre sí. Es una colección cuyas piezas guardan una arquitectura orgánica. Por su parte, en las bibliotecas, cada pieza tiene normalmente un autor distinto, se pueden organizar desde su origen de múltiples modos, por materias o por formatos, o por idiomas, o por la CDU o sistema de clasificación de la Biblioteca del Congreso. Las bibliotecas forman con sus piezas una arquitectura lógica y no orgánica.

El carácter práctico y prosaico, inherente y natural a la colección de archivo, también se manifiesta en la unicidad y singularidad de las piezas. Los actos prácticos de una administración son únicos y singulares en cada momento, cada lugar y por cada autor o destinatario. Su reflejo documental también será único y singular, no múltiple o plural. Los documentos de archivo individualmente considerados son piezas únicas, con ejemplar dirigido solo al interesado o institución que documenta su derecho, frente al caso de la colección de biblioteca, cuya pieza, el  libro, nace por naturaleza y se hace múltiple y plural. Los documentos de archivo, individualmente considerados, son piezas únicas, con ejemplar dirigido solo al interesado o institución que documenta su derecho, frente al caso de la colección de biblioteca, cuya pieza, el libro, nace por naturaleza y se hace múltiple y plural, destinado a difundirse, a ser leído por muchos, y por tanto, a multiplicarse y distribuirse en ejemplares, ya sean manuscritos o impresos.

El libro nace primeramente para suscitar reflexión, emoción o participación a lectores, inimaginados muchas veces por su autor; el documento de archivo nació principalmente para documentar la administración en cada acto concreto y no para ser difundido. La difusión y relevancia que adquieren se las da luego el historiador, cuando lo multiplica a través del libro.

Por tanto el archivo es una colección necesaria y práctica en su origen administrativo y, como tal, primariamente prosaica y reservada a quien interesa su derecho, aunque secundariamente pueda ser, en un momento dado, fruitiva y difundida por la cultura y la historia.


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