Son las fórmulas diplomáticas consensuadas para
la redacción de un tipo de documento determinado, se trata de la la formulación del documento que está
totalmente relacionada con el contenido, aunque no inciden en él. El formulario
va a evolucionar a lo largo de los siglos.
Teodoro von Sieckel propuso el análisis de las estructuras diplomáticas, y es la que se suele utilizar
habitualmente. Divide el documento en
tres partes fundmentales, la parte central sería donde se narra el hecho
documentado, es lo que se denomina "texto"; y lo que queda del
documento es el “protocolo inicial” y el “protocolo final”, que es donde se expresan las
circunstancias de solemnidad que legalizan el documento, son como una especie de
envoltura legal.
.‑
Protocolo Inicial.‑
La 1ª fórmula que suele aparecer es lo que se llama INVOCACIÓN que encabeza el
documento, siempre tiene un contenido piadoso, tal vez heredado de la época clásica. Puede ser de dos tipos: “monogramática”, que empieza por un crismón; el
otro tipo es la invocación “verbal” ("in dei nomini"), en el nombre de
Dios, del Espíritu Santo, de la Virgen, Santos Patronos del monasterio, puede
aparecer en latín o en castellano.
La siguiente fórmula es la INTITULACIÓN, aquí
es donde se expresa el autor, el otorgante del documento. Puede ser más o menos
extensa dependiendo de la calidad de la persona que otorga el documento. También pueden aparecer varias personas, o un órgano colectivo que puede ser un concejo por
ejemplo.
Los elementos que pueden aparecer en una intitulación son:
.‑pronombre
.‑tratamiento
.‑fórmula de humildad (como servo‑servorum
dei, siervo de los siervos de de Dios). Cuando se utiliza es
por personas de una determinada jerarquía.
.‑nombre
.‑títulos: van puestos en función de la
antigüedad del título y de su importancia, lo que también se refleja en la
.-expresión
de dominio (rey de León, de Castilla, del Algarbe...), en función de las fechas de las conquistas.
Quién:
La intulación es lo propio de los documentos
regios, pero también aparece en documentos privados, aparece entonces la
profesión, a continuación la
vecindad, la
filiación.
En los documentos medievales reales o
pontificios, dentro de la intitulación aparece la fórmula “rey por derecho
divino”, "gratia dei", que indica la creencia de que el poder viene de Dios.
“A
quién”:
Tras la intitulación viene la DIRECCIÓN: a
quién va dirigido el documento.
Puede ser individual o colectiva, o bien ser
conjunta.
Existe un tipo de dirección llamada “metafísica”, muy habitual hasta
el siglo X-XI, el documento se dirige a Dios, a un monasterio y en su nombre,
al representante de éste en la tierra, al abad del monasterio. Toda la crisis
del milenio está aquí presente, se daban donaciones pro remedio amimae, la salvación a
cambio de una donación en una especie de mercadeo espiritual.
El protocolo inicial se cierra con la
SALUTACIÓN, saludo a las personas a las que se dirige el documento. Son siempre
alocuciones muy cortas (como salutem et gratiam).
El
PREÁMBULO es la siguiente fórmula, no se limita a simples palabras, son
frases más complejas y dependiendo del tipo de redación veremos el reflejo de
la mentalidad de las diferentes épocas. En la documentación pontificia suele
tener un sentido recordatorio aludiendo a la justicia o caridad cristiana; en
el caso real, los derechos que tiene el rey, la conveniencia general de premiar
a los súbtitos. Hay un caso exclusivamente “diplomático” cuya finalidad es
afirmar lo que el rey contiene en el documento. Hace referencia a la
importancia del documento escrito.
El preámbulo puede o no aparecer. En cambio,
el paso siguiente sí constituye una fórmula fija:
Por
tanto:
Estamos en el expositivo o exposición de motivos, expresa los
motivos o circunstancias por los cuales se va a disponer, mandar o hacer una
simple carta de compra. Los motivos pueden ser múltiples y variados. Aparece la
“fórmula de expontaneidad”, necesaria para que no se produzcan lesiones en el
derecho. No debe confundirse con el preámbulo, mientras que éste es esencial,
el 1º es siempre ornamento.
Protocolo
final: fórmulas
de cierre o cláusulas, fecha tópica, fecha crónica.
A continuación las fórmulas adecuadas que
den fuerza al documento, las “clausulas”, sirven para cerrar el texto, y pueden
ser coercitivas y penales. Dentro del primer grupo las “iusivas” expresan un
mandato, en función de ellas la autoridad manda u ordena que se ejercite lo
previamente ordenado; las “preservativas” salvan el derecho del autor o de otra
persona (“salvo iure nostro”, “salvo las mineras de oro y plata”- monopolio
regio); las “renunciativas” son muy numerosas y sirven para renunciar a algunos
derechos, hay renuncias generales y especiales.
Están también las “promesas”, los contratantes
prometen cumplir lo que previamente se ha dicho, incluso en ocasiones se jura;
en las cláusulas “de obligación” se obligan los bienes materiales y la persona en sí para el
cumplimiento de lo contenido en los documentos.
Dentro de las cláusulas penales hay que
distinguir entre las “espirituales”, que tienen su origen ideológico en el valor
moral, en la obligatoriedad de lo que se narra. En determinadas épocas se
utilizan para dar fuerza moral . Son de 2 tipos:
.-amenazan
con la excomunión
.-de
maldición
Las “cláusulas materiales” pueden ser varias.
A parte de la multa, aparece también el daño por indemnnización, aparece el
"daño doblado", tambien aparece el de la privación de los oficios; la
pena de prisión y azotes que se podían dar por el contrato establecido.
La “corroboración” normalmente cierra el
texto, puede contener el anuncio de la orden dada para escribir y publicar el
documento. Además podemos encontrar el anuncio de validación del texto: si
lleva el documento suscripciones o signos.
Protocolo final
.‑El primer dato que suele aparecer es el de las fechas. Puede estar articulada en fecha tópica (lugar), fecha crónica (día del més, año). También pueden aparecer otros elementos:
.‑El primer dato que suele aparecer es el de las fechas. Puede estar articulada en fecha tópica (lugar), fecha crónica (día del més, año). También pueden aparecer otros elementos:
.-elementos
personales, consisten en poner o adornar la fecha con algún elemento referido a
la persona o al documento “año del reinado”.
.-datos
históricos, que aluden a fechas como una batalla, coronación...
Después de la fecha viene la validación,
como elemento fijo en cualquier documento, suscripciones de los testigos,
del notario. Cuando el notariado está ya establecido aparece ya la signatura.
Además de estas suscripciones aparecen los sellos. Aparece tambien el
saludo final (“vene”, “valetete”...); la “aprecación”, que es el amén nuestro,
no constituye un elemento fijo dentro de la escritura.