Imagen diseñada a través de IA La necrópolis de Saqqara, ubicada cerca de El Cairo y conocida por su riqueza arqueológica, continúa siendo un punto clave para los descubrimientos del antiguo Egipto. Singularidad Entre sus hallazgos más singulares se encuentran tres momias datadas entre finales del siglo III y comienzos del IV d.C., en pleno periodo romano tardío, recientemente analizadas por primera vez. A diferencia de los enterramientos tradicionales en ataúdes, estas momias fueron dispuestas sobre tablones de madera, cubiertas con telas ornamentadas y envueltas en estuco decorado con pan de oro y retratos de cuerpo entero. Se trata de los únicos ejemplares de este tipo encontrados en Saqqara. Descubrimiento y traslados Dos de estas momias fueron descubiertas en 1615 por locales que exploraban una tumba excavada en roca. Poco después, el explorador italiano Pietro Della Valle las adquirió y las trasladó a Roma, donde pasaron a formar parte de su co...
Las Comarcas son entidades que agrupan
varios Municipios cuyas características determinan intereses comunes que
precisan de una gestión propia o demandan la prestación de servicios de dicho
ámbito.
Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo
dispuesto en sus respectivos Estatutos, podrán crear en su territorio Comarca. La iniciativa podrá partir de los propios Municipios interesados.
No podrá crearse la Comarca si
a ello se oponen expresamente las dos quintas partes de los Municipios que
debieran agruparse en ella, siempre que, en este caso, tales Municipios
representen al menos la mitad del censo electoral del territorio
correspondiente.
Cuando la comarca deba agrupar a Municipios de
más de una Provincia, será necesario el informe favorable de las Diputaciones
Provinciales a cuyo ámbito territorial pertenezcan tales Municipios.
Las Leyes de las Comunidades Autónomas
determinarán el ámbito territorial de las Comarcas, la composición y el
funcionamiento de sus órganos de gobierno, que serán representativos de los
Ayuntamientos que agrupen, así como las competencias y recursos económicos que,
en todo caso, se les asignen.
La creación de las Comarcas no podrá suponer la
pérdida por los Municipios de la competencia para prestar los servicios
enumerados en el artículo 26 DE LA Ley 7/ 1985, de 2 de abril, ni privar a los
mismos de toda intervención en cada una de las materias enumeradas en el
apartado 2 del artículo 25 de la misma norma.