Tienen derecho de sufragio activo los españoles
mayores de edad que estén en plenitud de derechos políticos.
Asimismo, gozan del derecho de sufragio activo en
las elecciones municipales todas las personas residentes en España que, sin
haber adquirido la nacionalidad española:
a) Tengan la condición de ciudadanos de la Unión
Europea según lo previsto en el párrafo 2 del apartado 1 del artículo 8 del
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Reúnan los requisitos para ser elector
exigidos en esta Ley para los españoles y hayan manifestado su voluntad de
ejercer el derecho de sufragio activo en España.