Manuel Romero Tallafigo tomó posesión como académico de número de la Academia Andaluza de la Historia el 2 de octubre de 2026 , en el acto de apertura del curso académico 2026/2027 celebrado en el Ateneo de Sevilla. El discurso protocolario llevó por título: «Juan Sebastián Elcano, en el V Centenario de su muerte» . Romero Tallafigo es catedrático emérito de Paleografía y Diplomática de la Universidad de Sevilla . Presentar hoy a quien ha sido maestro es, para mí, mucho más que cumplir con una tarea académica. Es, ante todo, una oportunidad para expresar públicamente mi reconocimiento y mi gratitud hacia una persona que ha dejado una huella profunda en mi formación. Puede decirse que mi formación archivística y paleográfica tiene dos pilares y dos grandes maestros: Manolo Romero, discípulo como yo de D. Luis Núñez Contreras y D. Pedro Rubio Merino, canónigo archivero, que ya no está entre nosotros pero que debería formar parte igualmente de esta excelsa Ac...
Ingreso es la entrada de documentos en un archivo para su
- custodia,
- control,
- conservación
- y servicio. Artículo 46. Concepto.
- a) Transferencias regulares o extraordinarias.
- b) Adquisición, a título oneroso o lucrativo por
- actos intervivos
- o mortis causa, de documentos
- -por la Junta de Andalucía
- -o por las entidades locales de Andalucía de acuerdo con lo establecido en
- la legislación de Patrimonio Histórico,
- en la legislación de Patrimonio de la Comunidad Autónoma
- y en la legislación reguladora de los bienes de las entidades locales
- y demás normas que fueran de aplicación.
- c) Expropiación forzosa de documentos por razón de interés social, según lo previsto en el artículo 20 de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos.
- d) Depósito voluntario de documentos, fondos y/o colecciones documentales.
- e) Depósito de documentos, fondos y/o colecciones documentales, en los supuestos no amparados por las exigencias mínimas de conservación, seguridad y consultabilidad.
- f)Cualquier otro título válido en derecho.
En cuanto al Destino de los ingresos. Artículo 48. La Consejería de Cultura, a través de la
Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico determinará
el archivo de titularidad autonómica en que deben ingresar los
documentos a que se refieren las letras b), c)y e). Pero en los casos de documentos adquiridos por- donación,
- herencia
- o legado, se atenderá a la voluntad de su anterior titular.
En los casos de ingreso por depósito voluntario, se estará a lo dispuesto en materia de depósitos voluntarios en este Reglamento.
Cuando se acuerden ingresos en los archivos de titularidad estatal y gestión autonómica deberá tenerse en cuenta lo acordado en el convenio suscrito por la Administración General del Estado y la de la Junta de Andalucía sobre gestión de los citados archivos.
El procedimiento de ingreso y los instrumentos de control necesarios, serán normalizados por la Consejería de Cultura, en el ámbito de su competencia, para
- la Administración de la Junta de Andalucía,
- sus organismos autónomos,
- empresa públicas
- y demás entidades de ella dependientes.