El TITULO IV del Reglamento 97/2000 por el que se aprueba el Reglamento Andaluz de Archivos..., se ocupa DE LA COOPERACION Y EL FOMENTO ARCHIVISTICOS.
La Consejería de Cultura fomentará la celebración de convenios de cooperación con las distintas Administraciones Públicas para la realización de cursos y seminarios de formación y de perfeccionamiento de los archiveros que ejerzan sus funciones en cualquiera de los archivos del Sistema Andaluz de Archivos, con el objetivo de que perfeccionen su cualificación para el adecuado cumplimiento de las funciones establecidas en el Reglamento de Archivos.
La Consejería de Cultura fomentará la aprobación de Planes Provinciales de Archivos mediante convenios con las Diputaciones provinciales de Andalucía, para prestar la asistencia técnica a los municipios andaluces, dando preferencia a los municipios con menos de 20. 000 habitantes, que carezcan de medios personales y materiales para atender sus archivos.
La Consejería de Cultura efectuará convocatorias anuales para la concesión de subvenciones destinadas a los archivos integrados en el Sistema Andaluz de Archivos. Artículo 128. Fomento y cooperación (...ES LO QUE DICE EL REGLAMENTO...).
A efecto de la acción de fomento que en materia de archivos ejecute la Consejería de Cultura, ésta podrá tener en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:
- a) Que al frente de los archivos haya un archivero, con titulación superior o media, sin perjuicio de lo establecido en la normativa laboral y de función pública. (La formación que se imparte no es de grado medio, sino superior, ...así que...).
- b) Que la selección del personal al frente de los archivos se celebre mediante el sistema de oposición o concurso-oposición, y en sus temarios y pruebas se incluyan como materias específicas las de archivística y legislación del patrimonio histórico andaluz, para lo cual podrán contar con apoyo técnico de la Consejería de Cultura. Artículo 129. Criterios para la acción de fomento.
Existe una Red de archivos de uso público de las Universidades de Andalucía. La Consejería de Cultura y la de Educación y Ciencia fomentarán la creación y coordinación de la red de los archivos de uso público de las Universidades Andaluzas mediante convenios o cualesquiera otras formas de colaboración. Artículo 130.