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La Comisión Europea



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La Comisión Europea es un ente político con diversas responsabilidades y desempeña un papel de gran importancia en el proceso político de la Unión Europea, ya que la ejecución del Derecho de la UE tiene lugar principalmente a través de la actuación de la Comisión. 

La Comisión Europea es uno de los órganos clave del sistema institucional comunitario.

Tras el Tratado de fusión de los ejecutivos, que entró en vigor el 1 de julio de 1967, la Comisión se convirtió en una institución común a las tres Comunidades Europeas, la CECA, la CEE y el Euratom. 

La Comisión, que se compone de 20 miembros desde el 5 de enero de 1995 (dos miembros por Francia, Alemania, Reino Unido, Italia y España, y uno por cada uno de los demás países), nombrados por cinco años de común acuerdo por los Estados miembros, está sujeta a una doble votación de investidura del Parlamento. 

El Tratado de Amsterdam prevé que el Presidente de la Comisión sea designado de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros, y sometido a la aprobación del Parlamento Europeo. A continuación, los Gobiernos de los Estados miembros, conjuntamente con el Presidente designado, nombran a los demás miembros de la Comisión. Por último, el órgano colegiado en su conjunto se somete a una votación de aprobación del Parlamento.

La Comisión Europea goza de una gran independencia en el ejercicio de sus atribuciones. 

La Comisión encarna el interés comunitario y no debe someterse a ninguna orden de ningún Estado miembro. 

La Comisión, guardiana de los Tratados, vela por la aplicación de los reglamentos y de las directivas aprobadas por el Consejo y puede recurrir judicialmente ante el Tribunal de Justicia para hacer aplicar el Derecho comunitario. 

Dispone del monopolio de la iniciativa legislativa y puede intervenir en cualquier momento para facilitar un acuerdo en el Consejo, o entre éste y el Parlamento. 

Como órgano de gestión, la Comisión ejecuta las decisiones adoptadas por el Consejo, por ejemplo en el sector de la política agrícola común. 

Dispone de amplios poderes para la gestión de aquellas políticas comunes cuyos presupuestos se le encomiendan, tales como la de investigación y tecnología, la de ayuda al desarrollo, la de cohesión regional, etc.

La Comisión está obligada a presentar su dimisión colectiva cuando el Parlamento Europeo, -ante el cual es responsable-, aprueba una moción de censura (hasta ahora, tal moción de censura no ha sido nunca aprobada).

La Comisión está asistida por una administración cuya sede se reparte principalmente entre Bruselas y Luxemburgo. 

Las veinticinco direcciones generales constituyen otros tantos sectores especializados en la puesta en práctica de las políticas comunes y en la gestión administrativa general. 

A diferencia de las secretarías de las organizaciones internacionales clásicas, la Comisión, en su calidad de guardiana de los tratados, ejerce sus prerrogativas con total independencia. 




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