Imagen diseñada a través de IA La necrópolis de Saqqara, ubicada cerca de El Cairo y conocida por su riqueza arqueológica, continúa siendo un punto clave para los descubrimientos del antiguo Egipto. Singularidad Entre sus hallazgos más singulares se encuentran tres momias datadas entre finales del siglo III y comienzos del IV d.C., en pleno periodo romano tardío, recientemente analizadas por primera vez. A diferencia de los enterramientos tradicionales en ataúdes, estas momias fueron dispuestas sobre tablones de madera, cubiertas con telas ornamentadas y envueltas en estuco decorado con pan de oro y retratos de cuerpo entero. Se trata de los únicos ejemplares de este tipo encontrados en Saqqara. Descubrimiento y traslados Dos de estas momias fueron descubiertas en 1615 por locales que exploraban una tumba excavada en roca. Poco después, el explorador italiano Pietro Della Valle las adquirió y las trasladó a Roma, donde pasaron a formar parte de su co...
- descentralización funcional y
- desconcentración funcional
y territorial.
Corresponderán al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, las competencias en materia de:
- organización
administrativa,
- régimen de personal,
- procedimientos e
- inspección de
servicios,
no atribuidas específicamente conforme a una Ley a ningún
otro órgano de la Administración General del Estado, ni al Gobierno.
Estructura de la Administración General del Estado. Artículo 55.
La organización de la Administración General del
Estado responde a los principios de:
- división funcional en Departamentos
ministeriales
- y de gestión territorial integrada en Delegaciones del
Gobierno en las Comunidades Autónomas, salvo las excepciones previstas
por esta Ley.
La Administración General del Estado comprende:
a) La Organización Central (integra los Ministerios y los servicios comunes).
b) La Organización Territorial.
c) La Administración General del Estado en el exterior.
La organización central tiene órganos superiores y órganos directivos:
a) Son Órganos superiores:
- Los Ministros.
- Los Secretarios de Estado.
b) Son Órganos directivos:
- Los Subsecretarios y Secretarios generales.
- Los Secretarios generales técnicos y Directores generales.
- Los Subdirectores generales.
En la organización territorial de la
Administración General del Estado son órganos directivos
- tanto los
Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, que tendrán rango
de Subsecretario,
- como los Subdelegados del Gobierno en las provincias, que tendrán nivel de Subdirector general.
En la Administración General del Estado en el
exterior son órganos directivos
- los embajadores
- y representantes
permanentes ante Organizaciones internacionales.
Los órganos superiores y directivos tienen además
la condición de alto cargo, excepto los Subdirectores generales y
asimilados (de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/2015, de 30 de marzo,
reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General
del Estado).
Todos los demás órganos de la Administración
General del Estado están bajo la dependencia o dirección de un
órgano superior o directivo.
Los estatutos de los Organismos públicos determinarán sus respectivos órganos directivos.

Los Ministros y Secretarios de Estado son
nombrados conforme a lo establecido en:
- la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno y en
- la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora
del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
Sin perjuicio de lo previsto en la Ley 3/2015,
de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la
Administración General del Estado, los titulares de los órganos
superiores y directivos son nombrados, atendiendo a criterios de
competencia profesional y experiencia, en la forma establecida en esta
Ley, siendo de aplicación al desempeño de sus funciones:
- La responsabilidad profesional, personal y directa por la gestión desarrollada.
- La sujeción al control y evaluación de la gestión
por el órgano superior o directivo competente, sin perjuicio del control
establecido por la Ley General Presupuestaria.
Son Elementos organizativos básicos (Artículo 56).
- Los jefes de las unidades administrativas son
responsables del correcto funcionamiento de la unidad y de la adecuada
ejecución de las tareas asignadas a la misma.
- Las unidades administrativas se establecen
mediante las relaciones de puestos de trabajo, que se aprobarán de
acuerdo con su regulación específica, y se integran en un determinado
órgano.