Manuel Romero Tallafigo tomó posesión como académico de número de la Academia Andaluza de la Historia el 2 de octubre de 2026 , en el acto de apertura del curso académico 2026/2027 celebrado en el Ateneo de Sevilla. El discurso protocolario llevó por título: «Juan Sebastián Elcano, en el V Centenario de su muerte» . Romero Tallafigo es catedrático emérito de Paleografía y Diplomática de la Universidad de Sevilla . Presentar hoy a quien ha sido maestro es, para mí, mucho más que cumplir con una tarea académica. Es, ante todo, una oportunidad para expresar públicamente mi reconocimiento y mi gratitud hacia una persona que ha dejado una huella profunda en mi formación. Puede decirse que mi formación archivística y paleográfica tiene dos pilares y dos grandes maestros: Manolo Romero, discípulo como yo de D. Luis Núñez Contreras y D. Pedro Rubio Merino, canónigo archivero, que ya no está entre nosotros pero que debería formar parte igualmente de esta excelsa Ac...
En las Comunidades Autónomas uniprovinciales en las
que no exista Subdelegado, el Delegado del Gobierno asumirá las
competencias de los Subdelegados del Gobierno en
las provincias (Artículo 74. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias).
Según el Artículo 75, son Competencias de los Subdelegados del Gobierno en las provincias.
a) Desempeñar las funciones de comunicación,
colaboración y cooperación con la Comunidad Autónoma y Entidades Locales y, -en particular-, informar sobre la incidencia en
el territorio de los programas de financiación estatal. Les
corresponde:
- 1.º Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos con la de la Comunidad Autónoma y correspondientes Entidades locales de la provincia.
- 2.º Comunicar y recibir cuanta información precisen el Gobierno y el órgano de Gobierno de la Comunidad Autónoma y con las Entidades locales en su ámbito territorial, a través de sus respectivos Presidentes.
b) Proteger el libre ejercicio de los derechos y
libertades, garantizando la seguridad ciudadana, dentro de las
competencias estatales en la materia. Dirigirá las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la provincia.
c) Dirigir y coordinar la protección civil en el ámbito de la provincia.
d) Dirigir, en su caso, los servicios integrados de
la Administración General del Estado, de acuerdo con las instrucciones
del Delegado del Gobierno y de los Ministerios correspondientes; e
impulsar, supervisar e inspeccionar los servicios no integrados.
e) Coordinar la utilización de los medios materiales
y, en particular, de los edificios administrativos en el ámbito
territorial de su competencia.
f) Ejercer la potestad sancionadora y cualquier otra que les confiera las normas o que les sea desconcentrada o delegada.